LAS ODS EN SEGURIDAD SOCIAL ¿TELETRABAJO?

 

Reto 1 - ¿Existe algún plan de localización de ODS en tu Administración?

Hola a todos/as.

El 13/12/2021 la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones en la revista de la Seguridad Social publicaba un artículo titulado “Digitalización y protección social: 30 desafíos para 2030”.

Dicho artículo se hacía eco de la publicación por parte de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social (GISS) del libro "Digitalización y Protección Social: 30 desafíos para 2030", una obra que dentro del marco de la Agenda 2030 pretende contribuir al conocimiento sobre cómo la digitalización ha revolucionado la economía, el mundo del trabajo y los sistemas de protección social.

Está digitalización se aceleró de manera inesperada por causa de la pandemia que tuvimos que sufrir, pero como ya sospechábamos todos los empleado públicos esta inmersión en el mundo digital se ha convertido en un proceso irreversible del que no todos salen bien parados.

Esta oportunidad de mejorar la vida de las personas gracias al uso de nuevas tecnologías también ha tenido un efecto perverso ha creado una nueva brecha de conocimiento, se ha cambiado el concepto del analfabetismo tradicional por el del analfabeto digital.

Volviendo al contenido de este libro-guia este se divide en 3 partes:

1.     Mundo digital

2.     Tecnología para el trabajo digno

3.     Tecnología para el futuro de la Seguridad Social

Yo quisiera centrarme en el segundo punto.

El Informe de Progreso 2021, publicado por el centro de publicaciones  del MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030, hace referencia a las políticas palanca definidas en el Plan de Acción para el 2021.

Dentro de la palanca 1 encontramos el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia.



Un trabajo a distancia que como menciona el GISS en el apartado 2 “Tecnología para el trabajo digno”, sirvió de forma muy eficiente a la hora de minimizar el impacto económico negativo que provoco la pandemia. (pag. 175 y siguientes), aunque el Real Decreto sea objeto de crítica en el mismo libro (pag. 179 y siguientes) por parte del exministro de trabajo Manuel Pimentel que lo considera encorsetado por leyes anticuadas.

Ahora bien, por lo visto el teletrabajo en las entidades gestoras de la Seguridad no fue más allá del fin de la pandemia, volvimos casi todos de forma sistemática a nuestros puestos de trabajo incumpliendo por parte de la administración el compromiso adquirido con los agentes sociales para el desarrollo del Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia.

Por el contrario La ley 10/2021 si regula el trabajo a distancia en el sector privado, a día de hoy los empleado públicos seguimos sin esa necesaria Ley, con todos los incumplimientos de la Agenda 2030 que eso conlleva.

Recordemos la transversalidad de las medidas de la Agenda, el teletrabajo es igual a una mejor conciliación de la vida familiar a una mejora del medioambiente (eliminación de desplazamientos y la contaminación provocada) entre otras.

Ante la falta de actividad por parte de la Administración al respecto del trabajo a distancia, el sindicato CSIF ha  presentado un Recurso Contencioso Administrativo, esperando desbloquear dicha situación.

Creo que queda claro que el reto y compromiso principal de la Seguridad Social respecto de los ODS pasa por la digitalización de la administración.

Pero seamos serios cumplamos nuestros compromisos tanto con los ciudadanos como con los empleados públicos.

Enlaces:

https://revista.seg-social.es/-/digitalizaci%C3%B3n-y-protecci%C3%B3n-social-30-desaf%C3%ADos-para-2030

https://www.csif.es/contenido/nacional/administracion-general-del-estado/355881

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